Es un hecho: plataformas de transporte y entrega a domicilio como Uber, Cabify y Rappi deberán pagar impuestos. Este lunes Arturo Herrera, subsecretario de Hacienda y Crédito Público anunció el inicio del programa de retención de impuestos a estas empresas tecnológicas a partir del día 1 de junio.
Los conductores de plataformas de entrega de alimentos y transporte deberán pagar impuestos
El nuevo esquema del Servicio de Administración Tributaria (SAT) se implementará específicamente a ocho de las plataformas de transporte o entrega de alimentos disponibles en México: Uber, Cabify, Bolt, Beat, Cornershop, Rappi, SinDelantal y Uber Eats.
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Estas empresas serán las encargadas de calcular, retener y pagar directamente al SAT el importe tanto del ISR (Impuesto sobre la renta) corporativo, ISR individual así como el IVA (Impuesto al Valor Agregado.
En el caso del IVA se pretende una retención mensual del 8%, mientras que el ISR se prevén tarifas entre el 3 al 9% de acuerdo a sus ingresos. Sin embargo, es necesario aclarar que el esquema de retención de impuestos a plataformas como Uber, Cabify o Rappi no se aplicará a las plataformas en sí, sino a los socios conductores o repartidores que son quienes ofrecen el servicio de transporte o entrega de alimentos.
La secretaría de Hacienda aseguró que “el acuerdo tiene por objetivo que los impuestos generados por estas actividades sean retenidos y entregados al SAT por la plataforma, facilitando significativamente el cumplimiento tributario para los usuarios”.
DiDi aún no se ha unido al régimen de incorporación fiscal
Este no es un nuevo impuesto, sino una formalización de los impuestos que los conductores ya deberían estar declarando en base a su labor y pagando mensualmente. De hecho Uber comentó que esta medida, además de lograr reducir la carga fiscal de los trabajadores, también facilitará el proceso de pago de los impuestos y obligaciones fiscales existentes para los prestadores de servicios independientes.
Y un punto importante más es que esta medida será opcional para aquellas personas suscritas bajo el Régimen de Incorporación Fiscal que solo tengan ingresos por medio de actividades prestadas a través del uso de plataformas tecnológicas.
De hecho la plataforma de transporte colaborativo DiDi confirmó que por el momento no se unirá a este programa de retención, ya que se encuentra analizando las implicaciones que tendrá para sus socios conductores. Ante esto, Margarita Ríos-Fajat, titular del Servicio de Administración Tributaria (SAT) realizó un llamado para que todas las empresas de esta rama se sumen voluntariamente al programa de retención, ya que de lo contrario caerían en la informalidad.
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Los conductores de plataformas como Uber, Cabify y Beat deberán apegarse a la nueva Ley de Movilidad
Además de apegarse al programa de retención de impuestos, los choferes de Uber, Cabify y otras plataformas de movilidad deberán alinearse con las nuevas disposiciones del reglamento de la Ley de Movilidad, en la que se establece que deberán contar con una licencia tipo E1, constancia de registro vehicular en el que la factura de su auto deberá ser de un monto mínimo de 250 mil pesos, así como una constancia de registro para cada conductor.
Por último, este nuevo programa de retención de impuestos no representará un incremento en las tarifas de los usuarios, y mientras tanto han quedado pendientes involucrar a las compañías digitales del ramo turístico y de entretenimiento como Netflix.
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Imagen: Depositphotos
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