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La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) ha comunicado que el próximo 25 de septiembre vencerá el plazo para que las Instituciones de Tecnología Financiera, o Fintech en México cumplan con su registro, y es necesario que soliciten autorización para seguir operando en el país.

El próximo 25 de septiembre vence el plazo para regular las Fintech en México

De acuerdo a las estipulaciones en la Ley Fintech en México, aquellas compañías del sector que no soliciten permiso para operarestarán actuando en contravención de la Ley y podrían ser sujetas a sanciones administrativas y penales, con independencia de que la CNBV podría ordenar el cierre de sus operaciones”, aseguró la instancia en su comunicado oficial.

Si bien hasta el momento grandes compañías de pagos como PayPal, Mercadopago, o AliPay han estado operando en el país, así como inversiones como Forex y fondeos de proyectos por medio del crowdfunding han tenido éxito en México y se encuentran disponibles desde cualquier teléfono celular o computadora las 24 horas los 7 días a la semana, hasta ahora la falta de regulación en las fintech en México dejaba sin protección las transacciones realizadas por estas empresas.

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Dos tipos de regulación de acuerdo al modelo de operación

La Ley Fintech entró en vigor en marzo del 2018 y con ello, cualquier institución de tecnología que realice actividades relacionadas con servicios financieros por medios digitales como crowdfunding y wallets, deberán obtener la autorización por parte de la CNBV para continuar sus actividades y apegarse a la regulación.

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La Ley Fintech establece que las empresas podrán solicitar dos tipos de autorización dependiendo del giro al que se dediquen: institución de financiamiento colectivo y fondos de pago electrónico, con las siguientes características:

Institución de Financiamiento Colectivo

Poner en contacto a personas del público en general, con el fin de que entre ellas se otorguen financiamientos mediante operaciones de deuda, que son préstamos, créditos o mutuos o cualquier otro financiamiento causante de un pasivo directo o contingente; capital, que son financiamientos mediante los cuales se adquieren títulos representativos del capital social de personas molares, o copropiedad o regalías, que es el otorgamiento de financiamiento por el cual se convenga la adquisición de una parte alícuota o participación de un bien presente o futuro, o en los ingresos, utilidades, regalías o pérdidas que se obtengan de la realización de una o más actividades o de un proyecto.

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Institución de Fondos de Pago Electrónico

Prestar al público los servicios de emisión, administración, redención y transmisión de fondos de pago electrónico; es decir, aquellos fondos que estén contabilizados en un registro electrónico de cuentas transaccionales, y que queden referidos a un valor monetario equivalente a una cantidad determinada de dinero;  sean emitidos contra la recepción de dicha cantidad de dinero con el propósito de abonar, transferir o retirar los fondos, total o parcialmente, mediante instrucción de su titular; correspondan a una obligación de pago a cargo de su emisor por la cantidad de dinero que haya sido entregada para su emisión, y sean aceptados por un tercero como recepción de la cantidad de dinero.

¿Qué pasará con las Fintech que se encuentran activas?

Para aquellas empresas que ya estaban operando en el país, la ley permite que éstas sigan en operación siempre y cuando publiquen una notificación en sus sitios web sobre que se encuentran en el proceso de autorización, y aquellas que no han operado con el público, no podrán iniciar sus actividades hasta obtener la autorización correspondiente.

Imagen: Depositphotos

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