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La semana pasada entró en vigencia la modificación a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión aprobada por el Senado, en una muy cerrada votación, la cual contempla la creación de un padrón de datos biométricos, mediante el cual se recopilará información más completa, incluyendo huellas dactilares, rasgos faciales, de la voz o del iris del ojo, de cada propietario de una línea de telefonía móvil en México.

Frente a la nueva medida se han presentado polémicas, incertidumbre e incluso mucho desconocimiento por lo que vamos a resumir algunos puntos claves para conocer más acerca de este padrón de datos biométricos, formalmente denominado Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil.

[Tweet “Los titulares de una línea móvil tendrán 2 años para facilitar toda su información al proveedor de servicio. Conoce los detalles del Padrón de datos biométricos para usuarios móviles”]

Razón de ser del nuevo padrón de datos biométricos para usuarios de telefonía celular

La aprobación del dictamen fue justificada por el Poder Legislativo como medida de protección a los ciudadanos para evitar el uso indebido de equipos móviles en delitos y erradicar el mercado negro de venta de celulares utilizados con fines delictivos como extorsión, secuestro y otros que afectan la seguridad de los mexicanos.

En tal sentido, el padrón de datos biométricos aprobado se trata de un censo bastante ambicioso que recopilará datos de propietarios de alrededor de 126 millones de líneas existentes en México, más las de nuevos usuarios. Los diferentes prestadores de servicios que operan en el país serán los encargados de solicitar los datos.

Es importante recordar que esta idea tiene un precedente muy similar del 2008 cuando el Gobierno de entonces creó el Registro Nacional de Usuarios de Telecomunicaciones (Renaut), el cual fue desechado en 2011 ante el casi nulo registro de usuarios.

Datos a proporcionar en el registro

Además de la copia del documento de identificación que se da al adquirir una línea, todos los titulares de una tarjeta SIM deberán facilitarle a su proveedor de servicios telefónico: nombre, dirección, nacionalidad, número de documento de identidad con fotografía y la toma de datos biométricos. Estos últimos pueden ser uno o varios que definirá el Instituto Federal de Telecomunicación (IFT) en un lapso de 180 días.

Una vez concretado este punto y otras disposiciones del decreto, pasados seis meses, todo nuevo usuario deberá dar los datos indicados para el padrón al comprar su línea.

Respecto a clientes de telefonía móvil actuales o los que la adquieran en este periodo, tendrán un plazo de dos años, a partir de la publicación del decreto, para entregarle los datos a las operadoras. De esta forma se establece como fecha límite el 16 de abril de 2023.

Sanciones por incumplimientos 

En el caso de usuarios que no entreguen dicha información se procederá a “la cancelación en forma inmediata” de las líneas activas, según determina la norma; además será “sin derecho a reactivación, pago o indemnización alguna”.

Por otro lado, quienes no registren sus líneas, lo hagan fuera del plazo otorgado, no entreguen o actualicen la información correcta, usen indebidamente los documentos para el registro, den información falsa o accedan sin autorización al padrón serán multados con entre US$90 y US$67.845.

Padrón de datos biométricos: visiones encontradas

Ahora bien esta medida obligatoria condiciona el acceso a una línea telefónica a la entrega de toda la información solicitada para el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, incluyendo los datos biométricos.

Pese a que 78% de los mexicanos estarían dispuesto a compartir estos datos con las empresas para mejorar el comercio electrónico y la seguridad de los pagos digitales, muchos especialistas consideran la ley como una amenaza a la privacidad, incluso ha sido tildado como mecanismo de control gubernamental.

“No existe evidencia de que los registros de tarjetas SIM (para el uso de la línea móvil) contribuyan a la reducción de delitos”, señaló Luis Fernando García, director de la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) y agregó que esto pone a “México en una lista de países autoritarios que exige a los ciudadanos sus datos biométricos para acceder una línea telefónica móvil”.

Otras organizaciones en contra

Otros expertos ven igual un riesgo en el padrón de datos biométricos, ya que registros de datos personales de instituciones bancarias o del Instituto Nacional Electoral se pueden comprar. Mientras las contraseñas son modificables los registros del rostro o las huellas no lo son, explicó García.

Incluso Human Rights Watch, se expresó en Twitter señalando que “obligar a quienes contraten una línea telefónica a registrar sus datos biométricos con el gobierno es una grave violación a su privacidad. La última vez que se creó un padrón así en México, los datos terminaron en venta en el mercado negro”.

Otra advertencia la hizo la Asociación Nacional de Telecomunicaciones (Anatel), que hasta 2019 registró 815.512 denuncias de móviles robados y según su presidente, Gabriel Székely, “con esta ley se promueve que se roben más celulares pues los crimínales no usarán los suyos para cometer delitos. La industria propuso usar las denuncias ciudadanas al 089 para cancelar llamadas de extorsión, esto se puede hacer más rápido y evita el costo de enfocarse en los 126 millones de celulares porque la mayoría de las líneas no se usan para delitos”.

Sin embargo, anteriormente el presidente, Andrés Manuel López Obrador defendió la iniciativa comentando que en el país se utilizan muchos teléfonos para cometer ilícitos con tarjetas anónimas o haciendo cambios de chip y lo que buscan “nada más es tener un registro para cuidar a la población, es un asunto de seguridad”.

Procesos de Amparos

Ante protestas de la multitud sobre el padrón, varios organismos anunciaron la posibilidad de introducir recursos judiciales que podrían suspenderlo o evitar el uso de datos biométricos. Incluso un juez ya concedió el primer amparo para que un usuario no tuviera que entregar su información al adquirir una línea telefónica.

Al respecto, destacaron dos vía alternas. Primero está el recurso para impedir que la reforma aplique en lo individual, en este cada usuario presenta un juicio de amparo indirecto para evitar entregar sus datos personales y biométricos, para esto deben buscar asesoría legal para la demanda de amparo y tramitarla ante un juez.

Otro mecanismo legal es exigir al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) y a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) que interpongan una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por ser una medida violatoria de los derechos humanos.

Según el representante de R3D, los procesos de amparo podrían llegar a la Suprema Corte al afectar garantías individuales como el derecho a la comunicación o la presunción de inocencia y pueden comprometer la normativa.

Como forma de apoyo a las personas, señaló que lanzarán una plataforma para facilitar el trámite y que puedan “impugnar de manera masiva”.

Imagen de Tumisu en Pixabay

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