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Después de muchos intentos para hacer que las apps extranjeras se inscriban en el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y que paguen impuestos en México, finalmente la controversial propuesta de veto presentada por el Gobierno Federal fue aprobada y se aplicará a todas las plataformas que no paguen IVA.

En el pasado, esta medida había sido rechazada por considerarse desproporcionada y por el impacto que podría tener en el desarrollo del comercio electrónico en el país, sin embargo se retomó dentro de la propuesta del paquete económico 2021 y oficialmente fue aprobada por el Senado con 56 votos a favor (34 en contra); por lo que se confirma el bloqueo a servicios digitales y apps que no paguen IVA.

Veto a apps y sitios web que no paguen impuestos en México: el Gobierno Federal crea una nueva propuesta

Bloqueo digital a apps, servicios digitales y hasta eCommerces que no paguen IVA ya es oficial en México

Esta decisión sin duda marca un hito en el país y deja un trago amargo a muchos prestadores de servicios digitales que se verán afectados en sus operaciones. Estos tendrán que tomar acciones inmediatas para incorporar esta tasa a sus gastos con el fin de evitar el veto; lo que posiblemente se pueda trasladar al cliente en el costo final de productos y servicios, como ya pasó con Netflix y Spotify.

Según el documento legal, el apagón digital se dará en los casos en que el prestador de servicios digitales no se inscriba en el Registro Federal de Contribuyentes, no designe a un representante legal y un domicilio en México, o no tramite su firma electrónica avanzada.

De igual forma aplicará a las apps no paguen el IVA, que no realicen las retenciones a terceros (esto para servicios digitales de intermediación), o que no hagan las declaraciones mensuales durante tres meses consecutivos o por dos periodos trimestrales consecutivos.

Otra parte del texto revela un alcance más allá de las aplicaciones; porque la medida también afectará a plataformas de comercio electrónico que omitan las retenciones correspondientes que obliga la ley. Con este escenario el bloqueo podría llegar a afectar hasta tiendas online fuera de México donde acostumbran a comprar muchos mexicanos; no obstante el Sistema de Administración Tributaria (SAT) deberá delimitar esto en el marco secundario,  porque no está precisado en la Ley del IVA.

Las plataformas de intermediación también se verán afectadas

La primera propuesta de veto rechazada solo incluía a las aplicaciones y servicios digitales; pero la ley aprobada actualmente suma a las plataformas de intermediación, como por ejemplo a marketplaces o tiendas de apps (Google Play y App Store) que aunque no residan en México tendrán que hacer retenciones y reportarlas al SAT.

De esta manera los desarrolladores de apps o los vendedores en marketplaces están libres de pagar el IVA; quedando la obligación en mano de los intermediarios.

Aplicación de sanciones

Los prestadores de servicios y vendedores de productos en internet que incumplan con la normativa serán bloqueados y solo podrán ser desbloqueados por la misma autoridad que les ordenó el bloqueo en primer lugar. En este sentido, detallan que el SAT puede solicitar a otras autoridades competentes que apliquen bloqueos.

[Tweet “Quienes no cumplan con la orden de bloqueo digital del Gobierno Federal en #México serán multados con sumas que van desde el medio millón hasta 1 millón de pesos”]

El SAT se encargará de publicar a los operadores bloqueados en su sitio web oficial y en el Diario Oficial de la Federación.

Una vez recibida la orden, el concesionario cuenta con un plazo de cinco días para apagar su plataforma. Por otro lado, si no respetan la ordenanza recibirán multas con un pago de entre 500.000 a 1 millón de pesos; lo cuales se sumarán a cada mes que no cumpla con esta.

Imagen de Jan Vašek en Pixabay

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